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¿Qué piden los empresarios al Gobierno?

16 marzo, 2020 By CEOE

¿Qué piden los empresarios al Gobierno?

Suspender la obligación de pago de las cotizaciones

Mecanismos útiles que garanticen la liquidez a las empresas

Simplificación y agilización de los ERTES

Suspensión de las cotizaciones sociales a los autónomos

Una línea de avales públicos suficiente que facilite el acceso al crédito de las empresas

Que la Administración abone rápido las facturas a los proveedores

Facilitar la relación de teletrabajo mediante la autoevaluación de riesgo por parte del trabajador

Aplazamientos y fraccionamientos de pagos tributarios de manera automática y sin intereses

(Estas son algunas de las medidas solicitadas al Gobierno por CEOE)

Publicado en: Noticias, Prevención

Comunicado de CPOE

16 marzo, 2020 By CEOE

Desde CPOE, y atendiendo la petición realizada desde la Junta de Castilla y León por su vicepresidente Francisco Igea, invitamos a todos los empresarios de la provincia a que con carácter urgente contribuyan con la aportación de cualquier material de protección individual que pudieran poseer por razón de actividad o de forma particular, entregando los mismos en la delegación de la Junta de Castilla León.

Según las declaraciones del Vicepresidente de la Junta, el momento que vive la asistencia sanitaria es crítico y la ayuda que todos los ciudadanos deben prestar al personal sanitario es única garantía de poder enfrentarse a la grave amenaza que supone el COVID-19.

Publicado en: Noticias, Prevención

JORNADA: Movilidad y Seguridad Vial. Aplicación práctica en la empresa.

5 marzo, 2018 By CEOE

JORNADA: Movilidad y Seguridad Vial. Aplicación práctica en la empresa.

CONFAES organiza una Jornada sobre «Movilidad y Seguridad Vial. Aplicación práctica en la empresa» el próximo 11 de abril de 2018 en el Salón de Actos de FES (Federación Empresarial Segoviana)

“Movilidad y Seguridad Vial. Aplicación práctica en la empresa”  

CONFAES organiza una «Jornada sobre Movilidad y Seguridad Vial. Aplicación práctica en la empresa» el próximo 11 de abril de 2018 en el Salón de Actos de FES (Federación Empresarial Segoviana) , C/ Los Coches, 1. 40002. Segovia.

Esta Jornada es  carácter gratuito y libre acceso tanto para empresarios como para trabajadores.

La jornada esta encuadrada dentro del objetivo específico 3 del V Acuerdo de PRL de Castilla y León y del eje 1 ejes directores y programas preventivos estratégicos ppe. ppe 1.6: Promoción de la seguridad vial laboral del Plan Director de PRL de la C. Madrid 2017-2020.

Información e incripciones:
CONFAES
Plaza San Román 7,
37001 Salamanca
923 26 16 26
prevecion@confaes.es

Pincha Aquí para descargar el programa

Publicado en: Prevención

Servicio de Asesoramiento de CPOE

8 febrero, 2018 By CEOE

Servicio de Asesoramiento, Información y Promoción en PRL

Financiado por la Fundación Estatal  para la Prevención de Riesgos Laborales, CPOE cuenta con un  Servicio de Asesoramiento en PRL que presta  un servicio a las empresas de información y promoción de la prevención de riesgos laborales, especialmente dirigido a las PYMES, pequeñas empresas y micro pymes.

Se trata de un servicio de PRL completo y de referencia, que de manera gratuita y confidencial, atiende a las empresas, desde la sede de nuestra organización empresarial de forma presencial, telefónica o vía mail así como a través de nuestra web, analizando las necesidades organizativas, proponiendo sistemas de gestión de PRL, de comunicación e información necesarios, para asegurar una correcta difusión y acercar la normativa de Seguridad y Salud a las PYMES.

Para cualquier consulta, pueden ponerse en contacto con el Técnico de PRL:

Mar Albarrán Sanz prevencion@cpoepalencia.es Tlf.:979702528

O en la Confederación: Plaza de los Juzgados, 4. 3ª planta. 34001 Palencia

Horario de atención:

Del 1 de octubre al 31 de mayo:

Lunes a jueves: 8:30 a 14:00 y de 16:00 a 19:00 horas

Viernes: 8:30 a 14:30 horas

Del 1 de junio al 30 de septiembre:

Lunes a viernes: 8:30 a 14:30 horas

Contacto:

prevencion@cpoepalencia.es

979702528

Plaza de los Juzgados nº4-3º

34001 – Palencia

www.cpoepalencia.es

Encuesta

Publicado en: Prevención

Promoción de la Empresa Saludable

14 noviembre, 2016 By CEOE

empresa-saludableDurante los últimos años, se han multiplicado las intervenciones de Promoción de la Salud en las empresas existiendo evidencias claras del impacto de las mismas no tan sólo en la salud y calidad de vida de los trabajadores, si no también en la productividad, la calidad del producto o servicio: en suma, la competitividad y sostenibilidad de la empresa y la contención de los costes ligados a la mala salud.

Partiendo una vez más de estas premisas, y a la vista de los resultados acumulados a través de la experiencia, entendemos que iniciativas como nuestro Gabinete de Asesoramiento Técnico en Prevención de Riesgos Laborales a través de la promoción de la EMPRESA SALUDABLE, continúan resultando ser de enorme necesidad para la promoción de la salud de los trabajadores a través de la salud laboral en las pequeñas y medianas empresas y microempresas, al objeto de fortalecer la cultura preventiva y salud, tanto laboral como general de los trabajadores.

Nuestro granito de arena en la promoción de la EMPRESA SALUDABLE se ha plasmado en uan serie de carteles y flyers.

En el primero de ellos plasmamos los BENEFICIOS de la promoción de la EMPRESA SALUDABLE y como llevarlo realizarlo:

 

Para la promoción de la EMPRESA SALUDABLE promonemos:

  • BENEFICIOS de la promoción de la EMPRESA SALUDABLE
  • con laPROMOCIÓN de la ACTIVIDAD FÍSICA 
  • TRABAJANDO contra elTABAQUISMO
  • PROMOCIONANDOla ALIMENTACIÓN SALUDABLE
  • LUCHANDOcontra el ESTRÉS
  • ALCOHOL y DROGAS
  • Y a través de la SEGURIDAD VIAL

 

prevencion-creex

 

Publicado en: Noticias, Prevención

Evaluación de riesgos más sensibles al género

4 agosto, 2016 By CEOE

Desde el departamento en PRL de CPOE, venimos desarrollando el “Programa de asesoramiento preventivo a empresas y apoyo en gestión de riesgos laborales durante el embarazo y lactancia”, con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales AT-0123/2015.

La falta de información en las empresa y el aumento de puestos de trabajo ocupados por mujeres que puedan estar embarazadas, nos ha llevado a realizar diversas campañas de divulgación y asesoramiento con el fin de que sean identificados los factores de riesgo para la maternidad, que estos sean evaluados y adoptadas las medidas preventivas correspondientes.

Por ello, nos parece interesante que se conozca la guía “Evaluación de riesgos más sensibles al género”, financiada por la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales IT-0050/2010, que de una manera sencilla ilustra sobre la normativa a aplicar, los riesgos y medidas a adoptar.

Guía “Evaluación de riesgos más sensibles al género” IT-0050/2010. 

Datos de financiación: AT-0123/2015 :: Fundación para la prevención de Riesgos Laborales

Publicado en: Prevención

El 28 de Abril Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo

27 abril, 2016 By CEOE

Con la celebración del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo se pretende aumentar la conciencia de empresarios, trabajadores, administración y en general de toda la población, de la importancia de promover la creación de una cultura de prevención en materia de seguridad y salud, así como el reconocimiento de que la responsabilidad es compartida entre todas las partes implicadas y que debemos cumplir con nuestras obligaciones y responsabilidades con el fin de prevenir las muertes, lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo y permitir a los trabajadores regresar con seguridad a sus hogares al final de cada día de trabajo.
La Junta de Castilla y León, la Confederación de Empresarios de Castilla y León, CCOO y UGT, el 27 de enero del 2016, firmaron el V Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales 2016-2020, siendo un instrumento que nos permite dar continuidad a los programas de visitas y asistencia en materia de PRL que venimos desarrollando en CPOE desde el año 2001.
Para el año 2016, el departamento de Prevención de Riesgos Laborales se ha marcado como uno de sus objetivos, trabajar con aquellas empresas o sectores con mayor movilidad laboral, lo cual conlleva menor especialización y formación en materia de prevención de riesgos. Son colectivos de mayor preocupación los trabajadores de más de 50 años, las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, trabajadores discapacitados y especialmente sensibles. Sobre ellos vamos a incidir, realizando visitas a empresas y campañas de asesoramiento que permitan acercar a estos colectivos, de cualquier punto de nuestra provincia, la importancia de observar las medidas de seguridad que nos van a permitir evitar muertes, lesiones y enfermedades.
Para dar un paso más, CPOE se propone fomentar los hábitos saludables de la población trabajadora, relacionados con la alimentación, ejercicio físico y prevención en el consumo de alcohol y drogas para promover la salud integral y conseguir ser unos trabajadores sanos, motivados y competentes en una organización segura, saludable socialmente responsable y sostenible.
CPOE, invita a que os unáis con nosotros en la celebración de este día.

Publicado en: Notas de prensa, Prevención

Guía práctica para la prevención de riesgos laborales durante el embarazo y lactancia

16 julio, 2015 By CEOE

Desde el año 2001, CPOE cuenta con un servicio de asesoramiento en PRL, con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, con la finalidad de divulgar, informar y asesorar a las empresas en materia de PRL.

 

Por este motio, queremos dar a conocer la “ Guía práctica para la prevención de riesgos laborales durante el embarazo y lactancia” elaborada por CPOE, con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, dentro de la Acción IT-0175/2010.

Descarga – Guia Práctica para la Prevención de Riesgos Laborales durante el Embarazo y Lactancia

Publicado en: Prevención

Circular cecale Nº2 Campaña Europea Psicosociales 2012/02/17

22 noviembre, 2012 By CEOE

Fundación para la prevención de riesgos laborales
Fundación para la prevención de riesgos laboralesCAMPAÑA EUROPEA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO

La Unión Europea, mediante el Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo, ha establecido una campaña europea de inspección de riesgos psicosociales en el trabajo, que se realizará a lo largo del año 2012-13

Mediante este proyecto innovador, el SLIC procura llamar la atención sobre la presencia de los riesgos psicosociales en el entorno laboral, cuya incidencia está en aumento.

Por ello, se efectuará una campaña de evaluación en todos los Estados miembros, España incluida, a distintas empresas y servicios, públicos y privados, correspondientes a los sectores de asistencia sanitaria, trabajo social, servicios (hoteles y restaurantes) y transporte de mercancías, debido a que estos sectores productivos suelen ser los más afectados por la presencia de los riesgos psicosociales.

Estos riesgos psicosociales, engloban entre otros, acoso psicológico, estrés laboral, trabajo por turnos, elevada carga de trabajo, realización de tareas monótonas, falta de claridad en las funciones y tareas entre los trabajadores, problemas de comunicación; constituyendo el primordial problema de salud laboral a nivel mundial. Su presencia implica un coste elevado, tanto para empresas y organizaciones como para los trabajadores, en términos de reducción de la productividad, aumento del absentismo laboral, mayor rotación de personal, incremento de los accidentes laborales debidos a la falta de comunicación, coordinación o adaptación de los trabajadores y prevalencia de problemas de salud mental, trastornos del sueño u otras enfermedades físicas.

A pesar de su incidencia y de las graves repercusiones que suponen, no existe una estrategia coordinada y planificada a nivel mundial para corregirlo. Es por lo que, el objetivo principal de la campaña europea es tratar de conseguir que se adopte de manera sistemática la evaluación de los riesgos psicosociales en todas las empresas y organizaciones, además de promover la adopción de medidas preventivas y de control de estos riesgos en el entorno laboral.

¿Cuáles son las obligaciones de los empresarios?

 De acuerdo con la directiva 89/391/CEE sobre la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo (Directiva Marco) y su trasposición en nuestro Estado con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales, el empresario está obligado a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, adoptando en el marco de sus responsabilidades cuantas medidas sean necesarias para tal fin. Siguiendo un sistema de gestión y planificación de las actividades preventivas y valiéndose de una organización y los medios necesarios. Por tanto, la prevención de riesgos laborales en nuestra legislación, contempla todos los riesgos que puedan tener como origen el trabajo, lo que incluye también los riesgos psicosociales.

  • Evaluar los riesgos psicosociales regularmente.
  • Los riesgos psicosociales deben ser identificados y evaluados, por ejemplo, a través de conversaciones, entrevistas, observación, listas de verificación y cuestionarios.
  • Elaborar un plan de acción.
  • El plan de acción debe contener todas las medidas que se llevarán a cabo para eliminar o controlar los riesgos. ¿Quién tiene la responsabilidad de llevarlas a cabo? ¿Cuándo se van a ejecutar?
  • Controlar que se hayan llevado a cabo las medidas.
Métodos de la inspección

Los métodos de la inspección dependerán de la legislación y de los recursos disponibles, utilizando uno o varios de los métodos siguientes:

  • Entrevista con el representante de la empresa, en el caso de no existir representantes de los trabajadores. También se puede realizar de forma conjunta con el empresario y varios trabajadores.
  • Entrevista con el empresario y el delegado o delegados de prevención.
  • Entrevistas individuales del inspector con los trabajadores.
  • Entrevista del inspector con un grupo de trabajadores. Esta entrevista podría hacerse durante la visita inspectora o bien en cualquier otro momento y lugar. Después de la conversación en grupo, el inspector conversaría sobre los asuntos tratados con el representante de la empresa y el representante del personal para realizar un análisis más completo. Recomienda que la inspección sea realizada por dos inspectores de trabajo, uno que dirija la conversación y el otro que haga anotaciones.
  • Cuestionario, para utilizar entre los trabajadores de la empresa sobre la presencia de factores de riesgo psicosocial en el lugar de trabajo.
  • Observaciones en el lugar de trabajo, realizando un recorrido con el objetivo de investigar qué condiciones en el entorno laboral físico podrían constituir potenciales factores de riesgo psicosocial.
  • Planificación de la inspección – reserva de hora, es decir de forma preavisada bien por carta al empresario y a los representantes del personal o por teléfono. Se recomienda al inspector que proporcione al empresario un plan para la inspección con información sobre el objetivo, duración, participación y método de inspección.

El punto de partida de la inspección es saber cuál es el espacio que se le da a los riesgos psicosociales en las evaluaciones de riesgo.

La inspección incluye los siguientes temas:
  • ¿Hizo el empresario una evaluación de riesgos psicosociales? En caso afirmativo, si es suficientemente completa y de forma suficientemente documentada.
  • ¿Qué riesgos psicosociales se han incluido?
  • Instrumentos de inspección para evaluar los riesgos psicosociales:
    • Criterios Técnicos y guías de la ITSS sobre la inspección de riesgos psicosociales en el trabajo. o Notas Técnicas de Prevención del INSHT.
    • Criterios y guías de la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo y en particular su cuestionario sobre evaluación de riesgos Número 11.
    • Otras publicaciones oficiales del INSHT y de los organismos de las Comunidades Autónomas sobre esta materia.
  • ¿Cómo procedió el empresario en la evaluación de riesgo (quiénes participaron)?
  • ¿Qué medidas se han tomado después de la evaluación de riesgos?

 

Fdo.: Mar Albarrán Sanz

Técnico en PRL

Publicado en: Prevención

Protección de datos y prevención de riesgoas laborales

20 noviembre, 2012 By CEOE

Fundación para la prevención de riesgos laborales

Fundación para la prevención de riesgos laboralesLA PROTECCIÓN DE DATOS EN LA RELACIÓN LABORAL Y LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Las empresas tienen que estar preparadas para evitar sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Las sanciones de la AEPD van de 900 a 40.000 euros por las infracciones más leves hasta 600.000 por las muy graves, y son la principal fuente de ingresos de la AEPD.

Para llevar una correcta gestión de los datos personales de los trabajadores y evitar riesgos innecesarios indicamos a continuación una serie de indicaciones y consejos:

En cuanto a la relación laboral, ten en cuenta:

  • La empresa no necesita el consentimiento del trabajador para tratar sus datos personales (son una excepción a la regla del consentimiento expreso), siempre que ese tratamiento sea necesario para articular la relación laboral y los datos que vayan a tratarse sean los imprescindibles y necesarios para llevar a cabo esa relación laboral. Tales como nombre y apellidos, dirección, NIF, dato de discapacidad en el marco de la relación laboral, etc.
  • La empresa sí está obligada a cumplir su obligación de información al trabajador del tratamiento de sus datos personales que va a llevar a cabo la empresa. Se deberá llevar a cabo al formalizar la relación laboral (o con posterioridad si fuera preciso) mediante un documento firmado por el trabajador en el que conste que ha sido informado. Esta información puede constar en el propio contrato, de forma que una vez que el trabajador lee y firma su contrato, se entiende cumplido el deber de información. También puede ser un anexo a éste o incluso constar en documento aparte.

Ej.: Le informamos que los datos personales recogidos en su contrato se encuentran incorporados en nuestros ficheros y tratados automatizadamente y en papel en el fichero denominado (Nombre del Fichero) de (Responsable del Fichero) legalmente inscrito en el Registro General de Protección de Datos, para la gestión integral de la relación empresa-empleado. Dichos datos serán cedidos a:

– Las Administraciones Públicas y Mutuas en cumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social, tributaria y de prevención de riesgos laborales.

– La entidad bancaria colaboradora de la entidad para la domiciliación de su nómina.

….

Si en el momento de iniciar la relación laboral no se informó a los trabajadores, se debe hacer cuanto antes utilizando para ello una cláusula que añadirá a sus contratos o bien un nuevo documento informativo independiente que deberán firmar los empleados como acuse de recibo.

  • En el caso que los trabajadores no quieran firmar la cláusula informativa referente al tratamiento de sus datos, la empresa puede acreditar que ha informado al afectado mediante, por ejemplo:
    • Adjuntando la cláusula informativa a su nómina (mejor si es durante varios meses).
    • Enviando un e-mail informativo a todos los empleados.
    • Notificándolo a través de la intranet de la empresa.
    • Mediante una cláusula informativa en el tablón de anuncios si éste es accesible y fácilmente visible por parte de los trabajadores.

– Cartel anunciador que reúna los requisitos de ubicación y formato que garanticen su conocimiento por parte de los trabajadores, etc.

  • Debe inscribir los ficheros con datos personales en la AEPD (como por ejemplo el fichero de empleados).

El fichero de empleados contiene un conjunto de datos de carácter personal que parecen datos vinculados al desenvolvimiento de la relación laboral con el empleador, de forma que si, como es el caso, contiene únicamente el nombre, apellidos, D.N.I, dirección, firma, datos bancarios, fecha de nacimiento, edad, estado civil, nacionalidad, así como el número de afiliación a la seguridad social, se considerará suficiente la implantación del nivel de seguridad básico, siempre que no contenga datos especialmente protegidos- datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual-, así como los recabados para fines policiales sin consentimiento de los titulares o que contengan datos referidos a actos derivados de la violencia de género.

  • Disponer de cláusulas de confidencialidad para ser firmadas por los trabajadores que, en el marco de la relación laboral, van a manejar ficheros de datos personales de los que es titular la empresa.

En cuanto a la prevención de riesgos laborales, ten en cuenta:

  • En materia de prevención de riesgos laborales, el tratamiento de datos personales no requiere, por regla general, contar con el consentimiento del trabajador, al existir una relación contractual cuyo desarrollo, cumplimiento y control lo hace necesario.
  • En el ámbito de la vigilancia de la salud, si las revisiones médicas son realizadas a través de una empresa externa, que presta el servicio de prevención, ésta será la responsable del tratamiento de todos aquellos datos que el trabajador le proporcione en desarrollo de la actividad de prevención de riesgos laborales llevada a cabo por un servicio médico y deberá proceder a la inscripción del ficheros de “vigilancia de la salud” como responsable del tratamiento que realiza.

De este modo sus empresas clientes (empleadoras de dichos trabajadores), deberán ser informadas de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados sólo en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo.

Si se trata de un servicio propio la empresa, (en lugar de una empresa externa), será responsable del fichero que se genere para la gestión de la prevención.

  • El responsable del fichero debe cumplir con el principio de información y debe limitarse a recabar y utilizar los datos que sean estrictamente necesarios para la finalidad de la prevención.
  • La normativa de prevención de riesgos habilita, y obliga, a que sean comunicados datos personales de trabajadores a los delegados de prevención, a la autoridad sanitaria, a la inspección de trabajo y a la autoridad laboral.

Los delegados de prevención están facultados para acceder a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias en el ejercicio de sus funciones y pueden por tanto acceder a datos personales relacionados con daños en la salud de los trabajadores, en el marco de la relación laboral, con la única finalidad de control, que les atribuye la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), y limitada a los datos estrictamente necesarios. Los delegados de prevención, al ser cesionarios de los datos, deben cumplir con lo establecido en la normativa de protección de datos, y en particular deben guardar el deber de secreto que se exige tanto por la Ley Orgánica de Protección de Datos como por la LPRL, en relación con el artículo 65.2 del Estatuto de los Trabajadores. Fdo.: Mar Albarrán Sanz Técnico en PRL de CPOE

Publicado en: Prevención

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